Seguro de Accidentes Personales

agosto 25, 2023

BENEFICIO PARA «CLIENTES ATLESO» CON PLAN MENSUAL VIGENTE

Compañía de Seguros : Continental

Contratante                    : Asesorías Atleso Ltda.

Materia Asegurada       : Cobertura innominada a personas que desempeñan sus servicios en calidad de Trabajadores de casa particular. Se amplía cobertura a cuidador, trabajador agrícola, auxiliar de enfermería.

Valor Mensual                : $1.600 por trabajador procesado en Atleso, con cargo al cobro de cotizaciones

Coberturas:                    : Sólo a causa de un accidente.

 

PLANES

Plan A. MUERTE ACCIDENTAL

La compañía pagará a los “beneficiarios legales” UF 1.000, menos los gastos incurridos en las coberturas B., C. y D.- si es que éstos se hubiesen pagado previamente.

Plan B.- INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE 2/3 POR ACCIDENTE:

Como resultado de lesiones producto de un accidente, la compañía pagará al asegurado mediante un pago único según lo siguiente:

UF 300 * Menoscabo Global de la persona 35% – 49%
UF 500* Menoscabo Global de la persona 50% – 66%
UF 1000* Menoscabo Global de la persona 67% o más

*descontar cualquier otro monto pagado al asegurado por el mismo accidente por cobertura C.

Plan C.- DESMEMBRAMIENTO ACCIDENTAL:

Cuando la lesión producto de un accidente produzca la pérdida de miembros del cuerpo del asegurado.

A continuación se indican algunos ejemplos de montos pagados por la compañía.

UF 1.000 Pérdida total de dos ojos, brazos, piernas, manos ó pies
UF 500 Pérdida total  de 1 brazo ó 1 pierna ó 1 mano
UF 400 Pérdida total de un pie
UF 130 Sordera completa de un oído
UF 30 Pérdida total de un dedo del pie

Plan D.- REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS POR ACCIDENTE:

Contempla los gastos de asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria en que el asegurado incurra a consecuencia de un accidente.

El asegurado deberá hacer uso en primera instancia de su sistema de salud (Isapre o Fonasa) para luego reembolsar con la compañía de seguro hasta por un monto de UF 100.

Plan E.- INDEMNIZACIÓN POR GASTOS DE SEPELIO POR ACCIDENTE:

La compañía pagará a los “beneficiarios legales” UF 50.-

IMPORTANTE:

Este Seguro de Accidentes Personales es voluntario, complementario al establecido en Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales; su cobertura rige las 24 horas los 7 días de la semana, aun cuando el accidente no sea causado por algo relacionado al trabajo del asegurado.

PARA CONTRATAR LA PÓLIZA:

Debe enviar una solicitud vía mail a contacto@atleso.cl, autorizándonos a cargar en el cobro de cotizaciones mensual lo correspondiente al seguro. Además debemos contar con una copia del contrato de trabajo o último anexo debidamente firmado por las partes que acredita la existencia de una relación laboral con su(s) trabajador(es).